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  • Consulta : 142354
  • Autor : Lic.RodrigoLuna
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  • Autor
    Respuesta No: 258465

  • Lic.RodrigoLuna
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En sintesis le respondo que si, el puede llenar el espacio en blanco que en su oportunidad usted debió llenar y/o cancelar, según pactaran o no interes moratorio. Al respecto le digo que si los pagarés los firmaron en serie, esto es, los numeraron del 1 al 7, venciendo uno le pueden reclamar el pago total de todos y calcular los intereses partir de la fecha de vencimiento del pagare sobre el saldo insoluto.

    Lo que no es correcto es lo que pretende hacer su vendedor, cobrarle lo que la agencia le cobrara  a el, pues la obligación de pago para con el banco es de el, no de usted, son actos juridicos autonomos e independietes uno del otro, por lo que no puede exigirle que usted cumpla con algo que es responsabilidad exclusiva de el.

    Ahora bien, su vendedor puede demandarlo en cuanto venza el primer pagare o sea cualquier otro, pero puede demandarlo no nomas a usted, sino tambien a su(s) aval(es), ya que estan obligados en igualdad de terminos frente a el, y repito, si no cancelaron ni llenaron lo relativo al interés moratorio, seguro el se valdra de su error o descuido para llenarlos a su antojo, que si bien es reprobable, si es legal.

    Quedo a la orden para cualquier comentario.