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  • Consulta : 141785
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 258009

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El ISR lo pagará la persona que vende, en caso de no poder exentarlo.

    El que adquiere el inmueble tendrá que pagar el Impuesto por Adquisición de Inmuebles.

    Como el inmueble se hará a través de un crédito bancario, consulta cuales son los Notarios que tiene autorizados para la protocolización de la compraventa.

    Acude con algunos de éstos y solicita la documentación que requieren para la compraventa.

    Cada que vayas a ver un inmueble, en caso de encontrar uno que sea de tu agrado y preseupuesta, lleva tu lista de documentación que te requieren y pide copia de la misma para que la revise el banco, misma que en caso de ser viable, tendrá que exhibir en original a la Notaria.

    No firmes ningún acuerdo sin que previamente se haya verificado la documentación.

    Suerte!