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  • Consulta : 140321
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 256415

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es de aclarar que no es lo mismo obtener un Laudo a favor, que cobrarlo, Usted no puede acudir a la Junta a "recoger lo que gané" ... Debe esperar a que cause ejecutoria ya que la contraria tiene derecho a promover el amparo. Si el laudo ya está fime, su abogado debe presentar un escrito solicitando la aclaración y corrección de su apellido, una vez que cause ejecutorio entonces podrá solicitar el embargo a efecto de poder entonces sí, "recoger lo que ganó"...