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AutorRespuesta No: 254821
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Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Febrero de 2012 15:35 2012-02-15 15:35 desde IP: 187.135.102.74
No, no puede intentarlo, si usted en sus prestaciones no solicita el pago de rentas, ni de reparacion del daño, no se lo van a conceder de oficio,... lo suyo es cosa juzgada.. lo que debe hacer es devolver la cantidad de dinero, consignandola en el juzgado y solicitar en base a ello la entrega del inmueble.
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