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  • Consulta : 138458
  • Autor : J. ARMAND
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    Respuesta No: 254765

  • J. ARMAND
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    (Resumen de Actividades)

     

    "Efectivamnete,  cuando una de las partes muere, queda la obligaciòn de avisar que este hecho a ocurrido," 

    si en un juicio muere el demandado quien lo representa es su abogado (mandatario judicial).

    ¿el mandatario esta obligado por alguna disposicion de la Ley de avisar en el juicio que su mandante ha muerto?

    entonces si existe una disposicion de la Ley que obligue al mandatario y no avisa que el demandado ha muerto para aprovechar en el juicio esa omision seria delito.

    pero en que se fundamenta, que existe una obligacion de avisar que este hecho ha ocurrido?