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Fecha de respuesta: Jueves 02 de Febrero de 2012 12:11 2012-02-02 12:11 desde IP: 200.56.94.77
Hay problemas para redactar aqui ..
Quien compro ?
En realidad si a usted le cedieron lo correcto es hablar de ceder no de comprar,
Si le otorgaron una cesion de Derechos Adjudicatarios a su favor es necesario presentarla en juicio a efectos de que se le reconozca el caracter de cesionario y pueda terminar con el tramite tanto de escrituracion de l inmuieble como de la Toma de Posesion fisica y Juridica del inmueble adjudicado.
OJO: Cabe señalar que hay criterios en diversos estados de no admitir cesiones de derechos adjudicatarios ya que con la adjudicacionse deberia de tratar como una compra venta.
Es necesario se asesore con ABogado de su localidad.
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