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  • Consulta : 136979
  • Autor : law and rp
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  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bueno el pago del predial corresponde al propietario y si ya se adjudicaron la propiedad o en su defecto existe un albacea nombrado y protestado en su cargo será suficiente para promover el juicio correspondiente. Consulte a su Abogado de Confianza. Saludos.