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  • Consulta : 136735
  • Autor : law and rp
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    Respuesta No: 252538

  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El artículo 4.90 del Código Civil del Estado de México en ninguna de sus 19 fracciones contempla la causal de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTÉRES, así que de entrada tendrá usted que buscar otra causal de las enumeradas en el precepto que le señalo de otra manera no va a properar. Saludos. Consulte a su Abogado de confianza.