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AutorRespuesta No: 252547
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Enero de 2012 19:36 2012-01-26 19:36 desde IP: 189.228.182.246
Seguramente su tío al momento de adquirir el inmueble obtuvo las escrituras y a la par celebró un contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria, por lo que en tal sentido deberá en primer término cancelarse la hipoteca y acto seguido escriturar en favor de sus padres, en su defecto otorgar a los mismos o a un tercero de confianza poder para actos de administración y dominio irrevocable para que puedan escriturar cuando les fuera posible o bien enajenar, vender, ceder, hipotecar, etcétera el inmueble sin necesidad de la autorización de su Tio.
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