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  • Consulta : 136655
  • Autor : law and rp
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  • Autor
    Respuesta No: 252501

  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si es posible demandar dicha situación, sin embargo el reconocimiento de la menor que usted efectúa lo realiza de forma espontanea y posterior al registro que efectúa la madre, habría que promover en primer término un juicio para desconocer la paternidad y como efecto de ello la modificación del acta ofreciendo desde luego la pruebade ADN para acreditar la falta de relación con la menor y en caso de que esta prueba fuera positiva demandar la custodia de la menor basado en las condiciones en que la misma vive con la mamá de la misma, sin embargo en ningún lugar crecen mejor los menores que no sea con su Señora Madre. 

     

    Saludos.