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  • Consulta : 136150
  • Autor : wofito2088
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  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si, no se puede pensionar hasta los sesenta años , por la ley1997  existe la figura de retiro anticipado pero no tiene su hermano recursos suficientes para renta vitalicia y seguro de sobrevivencia.

    Esta extraño eso de que solo le cotizaron para el imss y no para la afore ya que si se paga el imss, las cuotas de retiro, cesantiá en edad avanzada y vejez el imss se la abona a la afore.

    Acuda a la procuraduria de la defensa del trabajo de su localidad ,para que le lleve su negocio gratuito en una junta federal de conciliacion y arbitraje.