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  • Consulta : 136145
  • Autor : Rosen
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  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimada consultante Martha_quijano

    Mire, en el entendido de que la solicitud se puede hacer por medio del internet (en línea) yo le sugiero que acuda a las oficinas del INFONAVIT, ya que derivado de las Reformas que acaban de ser aprobadas, en todos los casos de trabajadores fallecidos, el dinero podrá ser cobrado por cónyuges o hijos.

    Le sugiero llegar muy temprano con toda la documentación con la que cuente, porque las colas están bastante grandes.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE