- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 135957
- Autor : ilianave
- Consultas en Foro: 10
- Respuestas en Foro: 3075
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 251867
-
Fecha de respuesta: Jueves 19 de Enero de 2012 18:14 2012-01-19 18:14 desde IP: 187.195.44.25
En materia de alimentos el Juez simultaneamente ordena se gire oficio a la empresa para que se haga el descuento por el porcentaje ordenado y el emplazamiento al demandado.
La parte actora, puede solicitar la entrega del oficio y llevarlo directamente a la empresa y comienzan los descuentos, pero el emplazamiento puede no efectuarse si la parte actora no señaló el domicilio correcto del demandado o no lo encontraron en dicho domicilio.
En tal sentido, su amigo deberá acudir al área de Recursos de su empresa para que le proporcionen los datos del Juzgado y nùmero de expediente y acudir directamente al Juzgado para darse por notificado y en el plazo de 9 días hábiles, dar contestación a la demanda, oponiendo las excepciones, defensas y probanzas que considere pertinentes para disminuir el porcentaje de pensión alimenticia.
Es menester que se asista de Lic. en Derecho especialista en materia familiar.
Saludos.
-
Autor