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  • Consulta : 134618
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 250678

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Una vez que nazca el hijo, deberá registrarlo el padre como tal ya que no están casados, si el padre no quiere asistir al Registro Civil, entonces deberá demandarle el reconocimiento de paternidad vía judicial, sin acta de nacimiento en donde aparezca el padre, no le puede reclamar absolutamente nada, pero él tampoco le puede solicitar las convivencias.