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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 16:10 2011-12-29 16:10 desde IP: 187.195.112.48
Supongo vas por el actor, sin embargo... dejando de lado la parte a la que representas, mi opinión es ésta.
No falta legitimación pasiva en la causa del demandado en la reconvención.
Ello, porque al momento de resolver en sentencia definitiva -recordemos que la legitimación es condición para el dictado de una sentencia definitiva válida-, el Juez simplemente tendrá por infundada o desestimada la excepción del demandado en lo principal, consistente en la falta de derecho por parte del actor.
En efecto, de las constancias que integren el sumario, habrá de advertirse, con base en el título de propiedad correspondiente y la pericial en agrimensura, que el perímetro del predio reivindicante efectivamente, sí forma parte de la propiedad del actor en lo principal.
Sólo con base en el expediente, el Juez podrá deducir la falta de legitimación pasiva en la causa del demandado en la reconvención... y sólo al momento de dictar sentencia definitiva.
Por ello, la parte medular del juicio radicará en el análisis de la acción reconvencional, pues si bien es cierto que su excepción en lo principal será declarada infundada al tenor de las consideraciones que preceden, ello no significa que también así sea respecto a la acción reconvencional, pues para que se declare fundada, sólo habrán de demostrarse en juicio todos y cada uno de sus elementos en forma plena.
En mi opinión, aunque la excepción es contradictoria de la acción reconvencional, no implica que excluya la procedencia de la segunda en juicio.
Saludos.
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