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AutorRespuesta No: 248483
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Diciembre de 2011 14:37 2011-12-20 14:37 desde IP: 187.194.18.228
si es obligatorio... debes acudir a la junta de conciliación y arbitraje de tu estado.. en busca de la procuraduria de la defensa del trabajo... ellos saben que hacer...
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