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  • Consulta : 133138
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 248107

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El embargo sólo es una medida precautoria para garantizar el monto del adeudo.

    Hasta que se haga una adjudicación y remate del inmueble (si con éste se cubre la totalidad del adeudo) es que se concluye el trámite de recuperación del adeudo.

    Suerte!!