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  • Consulta : 131868
  • Autor : nazario
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    Respuesta No: 246762

  • nazario
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Sergio 1987;

    mira en principio de todo bien es necesario acreditar la propiedad en preexistencia y la falta posterior (con prueba idonea) esto es un automovil tine factura y demas documentos, un caballo o animal diverso que nacio en un rancho hay testigos de ello.

    en las fracciones que dices en lo que no eres claro y si te refieres a la punibilidad de acuerdo al valor de la cosa (lo robado), en la mayoria de los codigos penales la fraccion IV, es cuando se rebasa los 1000 salarios minimos y ademas es calificado si existre agravante por articulo diverso relacionado con el hecho.

    saludos.