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AutorRespuesta No: 246551
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Noviembre de 2011 18:46 2011-11-28 18:46 desde IP: 187.144.165.40
inscribe el contrato en el registro publico y da aviso al juzgado del acto de molestia que pretende el agiotista... pero solo un juez te piede poner en posesión legal y no ficta de la casa... si el juez te la niega..puedes apelar.... si la apelación te viene en contra... te puedes amparar... todo este proceso puede tardar de un años a dos... tu abogado sabra que hacer... pero... si piuerdes... vas a ser lanzado judicialmente...
tu contrato...debe ser de fecha anterior al momento del reclamo de la deuda... pero si es posterior... ya te ch... te
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