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  • Consulta : 131030
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    woaw me perdi mucho en esta consulta... Bueno como bien señala.. siempre hay una forma en nuestra ley para no cumplirla.. POR ESO ESTAMOS COMO ESTAMOS ne este pais. Yo la conozco.. la forma que usted busca la conozco y la conozco muy bien... mi funcion publica es justamente algo relacionado a ello... pero YO NO CONTRIBUIRE a que esto se siga generalizando... Lo dicho por el buen amigo garovalo es muy muy muy arriesgado ...señala en supra lines DESCONOCIMIENTO DE PATERNIDAD pues si bien es cierto esta puede darse cuando hay un engaño... esto es que la madre le hizo a usted creer que era el padre del menor y usted confiado lo registra... no menos cierto que dicho desconocimiento NO OPERA cuando usted era sabedor que el menor NO ERA SU HIJO y pese a ello lo reconocio solo por quedar bien con la madre... incluso... COMETE EL DELITO CONTRA LA FILIACION DE LAS PERSONAS Y EL ESTADO CIVIL es probable que se le pueda revertir y en lugar de dejar de pasar una pension alimenticia termine usted con antecedentes penales y AUN PASANDOLE PENSION.

    Requerirá de un abogado experto... y un Juez inexperto en el tema que le pueda su abogado dorar la pildora y conceda ... pero donde le toque un abogado inexperto o un Juez con el conocimiento suficiente para saber distinguir cuando opera y cuando no EL DESCONOCIMIENTO DE PATERNIDAD (Que en este caso NO OPERA por las razones expuestas) deberá tener cuidado... porque ha de recordar que en ese tipo de juicios se le da vista al MP y aqui la complicacion pues podría fincar la responsabilidad penal por los Delitos contra la filiacion que ha cometido