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  • Consulta : 131029
  • Autor : LicVelazquez
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  • Autor
    Respuesta No: 245873

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Trate de alcanzar un acuerdo con la parte afectada para la reparación del daño, y como consecuencia de ello, el desistimiento de la querella del ofendido y de la acción penal por parte del MP.

    Si su esposa y el abogado defensor consideran que no existe delito y pueden desestimarse los elementos aportados por el MP, le sugiero supervisar muy de cerca las acciones del defensor a efecto de obtener un proceso abreviado, sumario, rápido, como corresponda de acuerdo a las opciones procesales en el lugar del juicio.

    Saludos cordiales.