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  • Consulta : 130592
  • Autor : Lic.DiegoGonzalez
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  • Autor
    Respuesta No: 245303

  • Lic.DiegoGonzalez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Negativo, subsanadas las ilicitudes en las que se hallaba, la autoridad no estará en aptitud de ordenar ni ejecutar clausura, mas sin en cambio muy seguramente se generará una multa economica...