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AutorRespuesta No: 245407
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Noviembre de 2011 20:14 2011-11-16 20:14 desde IP: 187.144.37.102
El finiquito no cambia su esencia, es la parte proporcional del aguinalde de 2011, asì como la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional,, si estas ultimas no han sido disfrutadas.
Como bien menciona el Lic. PÑolo de Ecatepec, tienes derecho por separacion justyificada y antes d ehaber cumplido 15 años de trabajo, de tu prima de antiguedad, que equivales a 12 dias porm cada año de servicios prestados, en tu caso: 132 dias, si tu salario diario es superior a dos veces el salario minimo diario de tu regiòn, tienes derecho a esa suma en el doble del salario MINIMO, no el tuyo , el miinimo.
Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta. Gracias por sus aportaciones Lic. Leon o PÑolo de Ecatepec.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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