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  • Consulta : 130581
  • Autor : kokoduro1
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  • Autor
    Respuesta No: 245407

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    El finiquito no cambia su esencia, es la parte proporcional del aguinalde de 2011, asì como la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional,, si estas ultimas no han sido disfrutadas.

    Como bien menciona el Lic. PÑolo de Ecatepec, tienes derecho por separacion justyificada y antes d ehaber cumplido  15 años de trabajo, de tu prima de antiguedad, que equivales a 12 dias porm cada año de servicios prestados, en tu caso: 132 dias, si tu salario diario es superior a dos veces el salario minimo diario de tu regiòn, tienes derecho a esa suma en el doble del salario MINIMO, no el tuyo , el miinimo.

     

    Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta. Gracias por sus aportaciones Lic. Leon o PÑolo de Ecatepec.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.