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AutorRespuesta No: 244978
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Noviembre de 2011 19:58 2011-11-12 19:58 desde IP: 189.233.34.38
A FALTA DE INFORMACION CONCRETA QUE PROPORCIONE LA CONSULTANTE.
Es poner a disposicion de usted, mediante los tramites legales, los bienes embargados, ya sean muebles o inmuebles.
Hacer una investigacion, para solicitar al IMSS o ISSSTE O SAT, si el deudor alñimentaro esta cotizando como trabajador y en que institucion o empresa o en este caso, si esta dado de alta como contribuyente, para efectos de mandarles los oficios para que se realicen los descuentos.
Hacer la querella correspondiente por el delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias.
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