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  • Consulta : 130305
  • Autor : wofito2088
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  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No hay de otra para recuperar sus derechos y estar en condiciones de pensionarse  requiere de cotizar minimo 52 semanas con un patron, lo que se llama el régimen obligatorio. esto es en la ley 1973.

    Si tiene mas o igual a 1,250 semanas cotizadas se podra pensionar bajo el amparo de la ley 1997, en esta no importa la conservación de derechos, sin embargo su pensión sera la minima garantizada por el Estado.