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AutorRespuesta No: 244975
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Noviembre de 2011 19:21 2011-11-12 19:21 desde IP: 189.152.102.224
No hay de otra para recuperar sus derechos y estar en condiciones de pensionarse requiere de cotizar minimo 52 semanas con un patron, lo que se llama el régimen obligatorio. esto es en la ley 1973.
Si tiene mas o igual a 1,250 semanas cotizadas se podra pensionar bajo el amparo de la ley 1997, en esta no importa la conservación de derechos, sin embargo su pensión sera la minima garantizada por el Estado.
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