Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 130255
  • Autor : GABRIEL CHISCO
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 92
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 244868

  • GABRIEL CHISCO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Estimado Andrés,

    No creo que puedas recuperar nada sobre tus prestaciones issfam, sólo te recuerdo que desertar en el ejercito es un delito de indole castrense, en tal supuesto para el ejercito tu eres un reo desertor, perdiendo todo derecho, incluyendo los haberes de retiro militar (prestaciones económicas) que establece la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. esencialmente en los artículos 21 al 27 y los artículos 260 al 275 del Código de justicia miliar 2011.