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  • Consulta : 130080
  • Autor : mascaranegra
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  • Autor
    Respuesta No: 244677

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si en el registro publico de la propiedad, su nombre aparrece como titular de la propeidad en conflicto, es responsable, por no haber otorgado la escritura publica y esta sujeto a pago de daños y perjuicios, a evicciòn y saneamiento, y haberklo hecho hace 25 años, mno lo libera o exculpa de dicha obligaciòn, pero puede comparecer por escrito y señalar eso, que realizo la venta hace 25 años y nunca mas se preocupo de esos actos, como ya bno tienes ola posesiòn  y no es vecino del lugar, no  sabe o conoce que  destino tuvo dicho bien despues de su ultima intervenci``on y no conoce  a quienes detentan la propiedad o estan en conflicto por la misma. POR ESCRITO Y CON RATIFICACIÒN ANTE EL JUEZ, ANTES DE QUE OCURRA CUALQUIER OTRA DILIGENCIA, no tiene porque estar presente en diligencia alguna, y puede pedir copia de la resoluciòn que recaiga para saber que  se dicto, mucha suerte ABOGADOo que deberias ponerte a estudiar.