Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 129537
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 244001

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No, no procede si no está reconocido por el padre como hijo.

    Primero tendrás que demandar el reconocimiento de la paternidad, y como prestación subsidiaria el pago de la pensión alimenticia (esta sólo para el caso de acreditar que es el padre).

    La paternidad se debe acreditar con una prueba pericial en materia de genética.

    Todo lo anterior, deberás hacerlo asistida de un Lic. en Derecho especialista en materia familiar.

    Saludos.