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AutorRespuesta No: 243968
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Noviembre de 2011 15:10 2011-11-03 15:10 desde IP: 201.175.41.121
señor buenas tardes, debe asistirse de un abogado en materia laboral, toda vez que si Usted acredito en el juicio que el trabajador no laboraba horas extras o no todas las que dice, y si en caso de que Usted haya ofrecido la prescricpion para las horas extras laboradas por un periodo de mas de un año anterior a la fcha de la demanda, la junta solo debe cobrarle las del ultimo año y debio tomar en cuenta la confesional del actor, por lo que a partir de la fecha en que le notificaron a Usted el laudo, solo tiene quince dias para interponer el amparo, de lo contrario quedara firme el laudo y Usted debera pagar todo a lo que fue condenado, por lo que sugiero que vea a un abogado que revise el asunto e interponga el amparo en tiempo. Usted no tiene que garantizar nada, el amparo va a resolver el sentido de esa condena
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