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  • Consulta : 129493
  • Autor : Rosario Navarro
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  • Autor
    Respuesta No: 243968

  • Rosario Navarro
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    señor buenas tardes, debe asistirse de un abogado en materia laboral, toda vez que si Usted acredito en el juicio que el trabajador no laboraba horas extras o no todas las que dice, y si en caso de que Usted haya ofrecido la prescricpion para las horas extras laboradas por un periodo de mas de un año anterior a la fcha de la demanda, la junta solo debe cobrarle las del ultimo año y debio tomar en cuenta la confesional del actor, por lo que a partir de la fecha en que le notificaron a Usted el laudo, solo tiene quince dias para interponer el amparo, de lo contrario quedara firme el laudo y Usted debera pagar todo a lo que fue condenado, por lo que sugiero que vea a un abogado que revise el asunto e interponga el amparo en tiempo. Usted no tiene que garantizar nada, el amparo va a resolver el sentido de esa condena