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Fecha de respuesta: Martes 25 de Octubre de 2011 15:59 2011-10-25 15:59 desde IP: 187.194.59.170
claro que puedes inciar una acciòn de negligencia ...(que es eso?)...
que proceda esa acciòn... desde luego que no.. ya que el proceso se esta siguiendo....
lo que debes hacer es sentarte con tu abogado y poner los puntos sobre la IES...
si no te explcia... puedes revocarlo y contratar otro abogado... pero denunciarlo... por lo que sea... no va a proceder...
que no te explique que pasa... no es una negligencia...
ampararte... de que?... el amparo es un juicio... no un juguete...
tu obligacion es dar alimentos... de eso no te salvas...
no tienen porque notificarte del descuento.. pero si del juicio...
el descuento puede ser antes... dentro ...o despues del juicio...
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