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AutorRespuesta No: 243012
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Octubre de 2011 21:22 2011-10-24 21:22 desde IP: 189.240.253.229
buenas noches, en tu consulta no proporcionas mucha información, debes contratar los servicios de un licenciado en derecho especializado en materia familiar, ni tienes porque pagar, puesto quien la adquirio es tu conyuge, no comentas que edad tienen tus hijos, pero si tienen menos de diez años deben estar contigo, pero si tienen mas el juez le preguntara a tus hijos con quien desean estar y no puedes hacer nada, como no has trabajado y si acreditas que te dedicaste al hogar y a tus hijos puedes solicitar una indemnizacion por los años que viviste con esa persona, y hablando del inmueble es un patrimonio de ambos, pero hasta que no se acabe de pagar no pueden contemplarlo como liquidacion de la sociedad conyugal, suerte que dios te bendiga
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