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  • Consulta : 128544
  • Autor : Iuris Consultum
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  • Autor
    Respuesta No: 242832

  • Iuris Consultum
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buen dia, primeramente debe decidir que es lo que quiere hacer, porque primero dice que desea un aumento de pensión alimentaria, y despues dice que quiere sacar al niño del pais, pues bien en el primer caso hay que considerar la maxima juridica que reza "el pago de alimento se hara dependiendo de las necesidades del acreedor y las posibilidades del deudor", ahora bien su usted logra comprobar que lo que percibe por concepto de pension no es suficiente para solventar la totalidad de gastos de su menor hijo, y el esta en posibilidad de de dar mas entonces puede promover por la via incidental un aumento de pensión alimenticia, ahora bien referente a su otra duda, hay que considerar los siguientes conceptos, guardia y custodia es con quien se va a encontrar el menor, es decir, mal dicho porque no es una cosa, quien va a tener la posesión fisica del menor. Por otro lado patria potestad es el DERECHO inherente que tienen los padres para criar a sus hijos, y la perdida de este derecho se da por situaciones como violencia por dar un ejemplo, que en la practica resulta por demas dificil llevarlo a cabo, ahora si el paga pensión eso le da derecho a seguir teniendo patria potestad sobre el menor, aunque no lo vea, porque como ya precise es su derecho verlo, no su obligación. Espero que esto le haya sido de utilidad y cualquier otra duda puede dejarme un mensaje en mi oficina virtual de esta misma pagina.

    Atentamente.

    Lic. Armando Arévalo

    IUS SUB DEO ET SUPER OMNIA