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  • Consulta : 128543
  • Autor : Iuris Consultum
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    Respuesta No: 242830

  • Iuris Consultum
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola afable señora, en relación a su duda ire poco a poco resolviendo sus dudas en medida de lo posible, para empezar por custión de competencia es competente para conocer del juicio el juez de lo familiar del domicilio conyugal, aqui tiene que considerar en donde se establecieron para habitar, por otra parte hay que ver si el trabaja en una empresa, si es así como medidas provisionales se mandara oficio dirigido a la empresa para que proceda a hacer los descuentos en su nomina, si no trabaja el juez fijara una cantidad liquida por concepto de pensión que se hara por medio de consignación de pago con billetes de deposito, ahora bien en la demanda manejan una cantidad menor por lo que pueda suceder en la secuela del juicio y el juez de lo familiar decida aumentar la pensión por considerar que las necesidades son superiores, del mismo modo considere cuanto tiempo lelvaban de casados, porque si es el caso tiene que darle una parte a usted como compensación y otra parte de la pensión seria para su hijo. Pero el mejor consejo que le puedo dar es que se consiga un abogado, no lo deje a la decidia ni para ultimo momento, cualquier otra duda estoy para ayudarla.

    Atentamente.

    Lic. Armando Arévalo

    IUS SUB DEO ET SUPER OMNIA