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Fecha de respuesta: Sábado 22 de Octubre de 2011 13:26 2011-10-22 13:26 desde IP: 187.152.69.69
Buenos dias, le puedo recomendar que haga una de dos cosas:
*Si abre el juicio intestamentario, puede usted repidiar su parte de la herencia, de esa manera el total de los bienes pasarian a ser de su hermana, pero ojo que le liquide la cantidad pactada antes de lelvar a cabo esto.
* contrato de compra venta de Derechos Sucesorios, y que el mismo lo protocolice ante notario publico, de esta forma es adjudicación directa para su hermana, tomando en consideracion que una parte del patrimono son los derechos y en ellos figuran los derechos sucesorios, estos son suseptibles de apreciación pecuniaria.
Si puedo ayudarle en otra cosa no dude dejarme un mensaje en mi cubiculo ubicado en esta misma pagina.
Atentamente.
Lic. Armando Arévalo
IUS SUB DEO ET SUPER OMNIA
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