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  • Consulta : 127956
  • Autor : mascaranegra
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  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si el desistimiento es de la instancia, debe ser notificado por el juez; si es de la acciòn, debe  ser  por medio de vista, en ambos casos,  una vez publicada y  hecha la notificaciòn, se entiende que es una vista de tres dias, y si no hace uso del  derecho, en su rebeldìa se ordenara el archovo definitivo del asunto,  en ambos casoa,  sea de la instancia o de la acciòn.