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  • Consulta : 127764
  • Autor : MERCHE68
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  • Autor
    Respuesta No: 241908

  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lo que te indican los despachos de cobranza via telefonica o por carta no procede, ya que para embargar deben de tener una orden de el juez y previamente deben haberte demandado, notificandote de la demanda el personal del juzgado (actuario), despues de llevado el juicio concluiria con el embargo.

    Por $500 no creo que una empresa contrate un abogado, lleve el juicio y todo lo demas, ya que terminaria cobrando $1500 y los gastos que le generaria dicho juicio seria mayor. Ademas en dado caso que llevaran el juicio al condenarte y embargar podria tu abuela (o la dueña de las cosas) promover una "terceria excluyente de dominio" pues los bienes dentro del inmueble no son de tu propiedad y mucho menos el inmueble. Con lo anterior dejarias a salvo las cosas de tu abuela.

    Lo ideal es que reunas la cantidad y saldes tu adeudo, ya estas en buro de credito y eso a tu corta edad puede ser un problema para el futuro.

    No llegues a ningun acuerdo con despachos de cobranza, ni firmes nada ni les deposites nada, a quien debes de liquidarle es a C&A.