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  • Consulta : 127447
  • Autor : anskarius
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  • Autor
    Respuesta No: 241547

  • anskarius
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si el contrato ya llego a su fecha ya este no tiene validez.....si en una de  las clauslas dice que deberan de reparar ciertas modificaciones al lugar y no lo cubre con el deposito debran dejar el lugar tal y como se les entrego.

    Ahora si las reparaciones son simples y lo cubre el deposito no hay nada que hacer, que la señora ocupe el deposito para tal fin.....(aunque a estas alturas ya no tiene ese dinero)...

    no hay problema alguno con el aval....entregenle una copia del contrato donde este ya vencio.....y merece una explicacion para no ser molestado.