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  • Consulta : 127447
  • Autor : oscar salas
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  • oscar salas
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si aun tienen las llaves, sugeriria que se las consignen ante un juzgado para que ante dicho tribunal la arrendadora las recoja.

    Si el contrato fenecio en terminos de ley en agosto, el aval ya no tiene responsabilidad alguna.

    Para eso es el deposito, por los posibles desperfectos o daños que pudieron causarle al inmueble.