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  • Consulta : 127232
  • Autor : law and rp
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    Respuesta No: 241207

  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En mi personal punto de vista no considero necesario promover juicio de amparo alguno ya que está siendo citado a una mesa de trámite, sin detenido, que realmente no puede determinar la necesidad de su detención. Lo más conveniente es que se asesore de su abogado de confianza y comparezca ante la Representación Social donde incluso, al hacerse conocedor de la imación en su contra, puede reservarse y declarar por escrito y con posterioridad. De considerar promover el juicio de amparo deberá manifestar cuales son los actos de molestia que le causa el citatorio y concediéndole la suspensión deberá garantizarla para que surta sus efectos corriendo el riesgo de no poder promover de nueva cuenta amparo en tanto no cause ejecutoria la resolución que se dicte.