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  • Consulta : 127207
  • Autor : lic. luis arturo
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  • Autor
    Respuesta No: 241529

  • lic. luis arturo
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Les agradezco sus aportaciones a mi consulta,

    EN efecto , la poliza la expide la empresa aseguradora, y es presentada por el fiador.

    En cuanto a los daños, claro que es la representación Social quien los de be de acreditar, mediante los documentos o algunas otras pruebas que aporte el ofendido o víctima.

    en cuanto a la Sentencia, ésta fué condenatoria y no absolutoria.

    Estos son los puntos que trata el Forista Primus Tribunus, que lo que hasta el momento ha tratado de detectar es lo que para el son errores en la narración de la consulta. muchas gracias.

    en cuanto a la Respuesta de pasambres , le comento que efectivamente hasta el momento la empresa ferroviaria no ha aportado pruebas relacionadas con el daño ocasionado a la dicha empresa.