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AutorRespuesta No: 241204
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Octubre de 2011 10:56 2011-10-07 10:56 desde IP: 187.141.102.198
Lic. Luis Arturo: Es conviente esperar la resolución que dicte el Ad Quem, es probable que lo absuelvan en segunda instancia, ya que como usted lo dice no hay pruebas suficientes para confirmar la sentencia que dicto El Aquo; y absolviendolo entonces es aplicable al caso el artículo 415 fracción IV, del Código Federal de procedimientos penales. Claro salvo su mejor opinión. saludos
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