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  • Consulta : 126999
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 240935

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo que menciona el anterior forista Cerillo (saludos) sobre la adjudicación (que debe hacerse ante Notario Público) es correcto, sólo quiero hacer una acotación:

    Tu mamá puede hacer su testamento aunque aún no hayan elevado a escritura pública la adjudicación.

    Ella puede nombrar a uno solo de sus hijos como unico y universal heredero de sus bienes o en su defecto, a partes iguales a todos sus hijos o disponer de sus bienes como mejor le convenga.

    No es necesario la adjudicación para poder hacer el testamento.

    Obviamente si ella llegara a fallecer y ustedes tuvieran la intención de heredar, tendrían que concluir la adjudicación pendiente, previa la denuncia sucesoria de tu madre y el albacea podría concluir con dicha adjudicación.

    No hay forma de salvarse de los impuestos, que es lo que conlleva el mayor gasto para la escrituración.

    Saludos.