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Fecha de respuesta: Martes 04 de Octubre de 2011 21:05 2011-10-04 21:05 desde IP: 187.195.68.198
Lo que menciona el anterior forista Cerillo (saludos) sobre la adjudicación (que debe hacerse ante Notario Público) es correcto, sólo quiero hacer una acotación:
Tu mamá puede hacer su testamento aunque aún no hayan elevado a escritura pública la adjudicación.
Ella puede nombrar a uno solo de sus hijos como unico y universal heredero de sus bienes o en su defecto, a partes iguales a todos sus hijos o disponer de sus bienes como mejor le convenga.
No es necesario la adjudicación para poder hacer el testamento.
Obviamente si ella llegara a fallecer y ustedes tuvieran la intención de heredar, tendrían que concluir la adjudicación pendiente, previa la denuncia sucesoria de tu madre y el albacea podría concluir con dicha adjudicación.
No hay forma de salvarse de los impuestos, que es lo que conlleva el mayor gasto para la escrituración.
Saludos.
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