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  • Consulta : 126748
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 240640

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si Usted conoce el domicilio de sus hermanos, no hay necesidad de edictos, sólo debe señalar esos domicilios al Juez para que notifique a sus hermanos de las sucesiones de sus padres. Una vez radicadas las sucesiones también puede solicitar la acumulación de las mismas para que se tramiten en un sólo proceso por tratarse de una misma masa hereditaria. Si hay una hermana discapacitada tiene derecho a alimentos de esa masa hereditaria, pero además puede demandarle alimentos al resto de sus hermanos que no aportan nada. Debe contratar a un abogado que mediante contrato de prestación de servicios profesionales aclare el costo y gastos de los juicios, no es lógico que le pidan dinero sin que le demuestren por escrito su destino final.