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  • Consulta : 126679
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 240503

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mira, un testamento es la última voluntad de una persona; sin embargo, es un acto revocable en cualquier momento hasta antes de la fecha del fallecimiento.

    El Notario da la orientación en base a la información que los propios testadores le proporcionen, éste es ajeno al mismo y no tiene interés alguno porque se haga de tal o cual forma, ya que una vez redactado se los lee a los testadores y si quieren hacer alguna aclaración, antes de su firma, la pueden hacer e incluso, si al día siguiente cambian de parecer, lo pueden modificar en forma total (obviamente pagando los honorarios correspondientes).

    El albacea, es el representante de la sucesión, lo que implica que tiene obligaciones que cumplir, más no que ellos puedan disponer a su antojo de los bienes.

    Nadie podrá excluirte si fuiste señalada como heredera, sólo para el caso de que tu repudies la parte que te corresponde de la herencia sería como tu quedaras fuera de la misma.

    Como consejo personal, deja que las cosas fluyan, una herencia es algo que te puede llegar o no, lo único que realmente va a importar es lo que tu obtengas por tus propios méritos, así que deja de preocuparte por algo que aún no sabes si va a acontecer, ya que nadie tiene la vida comprada y si bien tus padres son mayores que tú, no sabes si antes de su fallecimiento, tú seas quien fallezca antes (tocamos madera para que no sea así), te reitero, nadie tiene certeza de en qué momento va a fallecer y por lo tanto, no debes desgastarte por situaciones futuras que no sabemos si van a ocurrir o no.

    Saludos.