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  • Consulta : 126497
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 240353

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    La persona que le dijo que la esposa (no es ex-esposa, puesto que como usted misma lo admite, no se encuentran divorciados), puede embargar a usted sus propiedades, solamente por haber procreado a uno o varios hijos con su marido, está equivocada.

    Solamente pueden ser embargados los bienes que pertenecen al propio deudor, y no los de terceros, así sean su amante, hijos, padres, parientes o cualquier persona distinta.