Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 126212
  • Autor : ABOGADOS VBR
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 570
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 239999

  • ABOGADOS VBR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado forista en principio te comento que si esa carta poder la firmo en blanco, no sirve y aun cuando se haya hecho ante notario tampoco servira, pues los poderes se terminan por acuerdo o revocación del poder, por que fallecio el otorgante o el apoderad, por lo tanto no servira de nada, ahora que si es una hoja en bnaco con solo su firma se puede cuadrar un contrato de compraventa y con ese defender el derecho y demandar a la sucesion, para que entre a juicio y asi poder tener una defensa adecuada y estar en posibilidades de que no pierdan la casa ok, cualquier duda sigo a tus ordenes, saludos.

    Lic. Victor Borgonio Rivera

    Notaria 1 Tula, Hgo.

    Cel. 5525000684