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  • Consulta : 125970
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 239738

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Cerillo:

    Como tu estás formándote como abogado y para que no vayas a cometer el error de creer en apreciaciones de abogados que desconocen la Ley de Amparo y dicen que: "...una TESIS jurisprudencial que no es DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA PARA LOS JUECES lo que si.. el codigo civil."

    Te dejo el contenido de los artículos 192 y 193 de la Ley de Amparo:

    "Artículo 192.- La jurisprudencia que establezca la Suprema Corte de Justicia, funcionando en Pleno o en Salas, es obligatoria para éstas en tratándose de la que decrete el Pleno, y además para los Tribunales Unitarios y Colegiados de Circuito, los juzgados de Distrito, los tribunales militares y judiciales del orden común de los Estados y del Distrito Federal, y tribunales administrativos y del trabajo, locales o federales.

     

     

    Las resoluciones constituirán jurisprudencia, siempre que lo resuelto en ellas se sustenten en cinco sentencias ejecutorias ininterrumpidas por otra en contrario, que hayan sido aprobadas por lo menos por ocho ministros si se tratara de jurisprudencia del pleno, o por cuatro ministros, en los casos de jurisprudencia de las salas.

    También constituyen jurisprudencia las resoluciones que diluciden las contradicciones de tesis de Salas y de Tribunales Colegiados.

    Artículo 193.- La jurisprudencia que establezca cada uno de los Tribunales Colegiados de Circuito es obligatoria para los tribunales unitarios, los juzgados de Distrito, los tribunales militares y judiciales del fuero común de los Estados y del Distrito Federal, y los tribunales administrativos y del trabajo, locales o federales. 

    Las resoluciones de los Tribunales Colegiados de Circuito constituyen jurisprudencia siempre que lo resuelto en ellas se sustente en cinco sentencias no interrumpidas por otra en contrario, y que hayan sido aprobadas por unanimidad de votos de los magistrados que integran cada tribunal colegiado."

    Saludos Cerillo y Lic. Ochoa.