Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 125970
  • Autor : ulloa88
  • Consultas en Foro: 75
  • Respuestas en Foro: 3212
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 42 %
  • : 57 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 239704

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En efecto.. la ley estima que una vez que se ha hecho un reconocimiento ya no se puede desconocer al menor.

    Pero.. HAY UNA FORMA 100% legal para hacerlo .. pero que naturalmente NO SE LA VOY A DECIR por etica y por conviccion propia. Me molesta aquellas personas que piensan que la vida de un menor es un juego.. hoy estoy bien con la madre te reconozco y si mañana ya no.. pues veo al manera de ya no hacer dicho reconocimiento.. pero NANAYyyy

    Quedese usted con el sustento del codigo civil que NO SE PUEDE HACER OTRA COSA y adelante.. hagase responsable de ese niño que si usted lo ve por el lado amable.. es el menos culpable de los problemas entre usted y la madre de ese menor. Usted decidio como todo un hombre reconocerlo a sabiendas que no era de usted... ahora como todo un hombre responda sobre ello.

    Ahhh y mucho ojo hee... si contrata a cualquier abogado que no conozca lo suficiente del estado civil de las personas para que le lleve este juicio.. a parte que NO PODRA hacer nada para quitar el reconocimiento, si no le formulan bien la demanda lo implicaran en asuntos del orden penal .... pues si usted lee su codigo penal encontrara un delito que se llama DELITOS CONTRA LA FILIACION DE LAS PERSONAS  lealo para que comprenda que usted como su pareja la madre de ese menor acometieron ese delito y quiza asi... se le quiten las ganas de estar queriendo desconocer al menor.