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AutorRespuesta No: 238991
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Septiembre de 2011 15:58 2011-09-14 15:58 desde IP: 189.190.233.44
Mira, si tienes el contrato o pedido, puedes reclamar a las nuevas autoridades el pago, mediante la vie de un procedimiento contencioso administrativo, no importa que los que te contrataron ya hayan dejado el cargo...
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