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  • Consulta : 125205
  • Autor : kokoduro1
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    Respuesta No: 238797

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS NOCHES.

     De forma un poco mas suve y no tan altanera y salvaje, te digo:

    La ley fundamental de nuestro pais, señala que nadie puede ser molestado en sus propiedades si no lo es por mandato de juez, y estando la orden de molestia, debidamente fundada y motivada.

    Si tu supieras esto, no sera necesario que entraras a buscar ayuda, y no tèndrias que aguantar a un tipo tan pedante, malhumorado y payaso; si bien sabes leer, no es de tu interes el hacerlo en el texto de la constituciòn, como el payaso que me prece te informa. No te preocupes.

    Lo mencionado se traduce en, que solo un juez, puede ordenar que te requieran de pago, te embarguen y te secuestren bienes, una vez estudiados  documentos que  te vinculen y obliguen a ser parte de un juicio, por tanto no te preocupes.

    Si aùn asì, sientes pasos, con los datos aportados por el acreedor, inicia una acciòn ante CONDUCEF, ellos se encargan, o ante el POFECO, ellos te informan como, ya que  tu telefono puede ser  señalado como un  numero que no debe ser molestado, y hay muoltas de 100 a 100  mil pesos, profeco te informa.

    FRANCISCOG.- Es de muy poca MADRE Y DE MUY ESCASA ABUELA, agredir a quien tiene una queja legitima y demuestra que no tiene un conocimiento, sea elemantal para ti o no, la verdad te pasas de payaso.

    Saludos a todos los Colegas Participantes de esta consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    kokoduro1 arroba correo caliente punto c o m